Si tienes una vivienda y te dices “quiero alquilar mi piso en Barcelona”, estás en el lugar correcto, porque te ofrecemos toda la información que necesitas si quieres convertirte en arrendador.
Has de saber que el alquiler de vivienda ha crecido en España en los últimos años, pues cada vez más personas compran pisos para alquilarlos, como una forma de rentabilizar el patrimonio.
Entonces, a tu deseo de quiero alquilar mi piso en Barcelona pueden surgir varios interrogantes, sobre todo los relacionados a los trámites que debes hacer.
Qué trámites tengo que cumplir si quiero alquilar mi piso en Barcelona
Barcelona es una ciudad pujante, llena de personas que quieren establecer sus negocios y su vivienda; en este sentido, hay numerosos expatriados en Barcelona que quieren mudarse y analizar las posibilidades económicas que la ciudad condal les ofrece.
De hecho, alrededor de un 40 % de quienes compran una vivienda en Barcelona lo hacen para alquilarla. En vista de tal situación, hay ciertos trámites legales que debes conocer y cumplir.
Certificado energético y cédula de habitabilidad
En primer lugar, la ley obliga a que tu piso tenga cédula de habitabilidad y certificado energético.
La primera es una garantía de que tu piso cumple con las condiciones mínimas para que sea habitable y destinada a uso residencial. Es una certificación de que la vivienda tiene agua, energía, etc., elementos básicos para vivir, y que además su superficie útil sea de mínimo 36 m2.
Esto es responsabilidad tuya.
El certificado energético, por otro lado, tiene una vigencia de 10 años y tiene una clasificación que va desde la A hasta la G: la primera es la máxima eficiencia, y la última, la mínima.
Cuando quieras alquilar tu piso, es conveniente que en el aviso incluyas esta información, pero en todo caso es obligatorio, y si alquilas la vivienda sin el certificado puedes obtener una multa que va desde los 300 a los 6.000 euros.
En ciertas Comunidades Autónomas exigen también una licencia de primera ocupación, expedida por el ayuntamiento al promotor de la vivienda, y la dan solo si el piso cumple con todos los requisitos establecidos en la licencia de obras.
Documentos que debo pedirle al inquilino
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), es obligación tuya como propietario pedir una fianza equivalente a una mensualidad del alquiler de vivienda. Esto es para que al finalizar el contrato puedas acometer gastos de reparación.
Estas reparaciones son aquellas generadas por el mal uso del piso por parte del inquilino.
Cuando cobras la fianza debes depositarla en el organismo autonómico correspondiente, en Cataluña (INCASOL) y al finalizar el contrato, si no haces uso de ella, tienes que solicitar el reintegro.
Si no lo haces en el periodo acordado, puedes enfrentar multas y sanciones, tanto administrativas como civiles.
La LAU establece que también puedes exigir garantías adicionales, que puede ser un aval bancario. Cuando pides este aval, lo normal es que cubra entre 6 y 12 meses de renta.
Otra garantía adicional es que el arrendatario te adelante el pago de varios meses, habitualmente 6. Ten presente que tanto el aval como este pago adelantado puede hacer más difícil que alquiles tu vivienda.
Sin duda, es aconsejable que le solicites al inquilino su contrato laboral y últimas nóminas, y si se trata de un autónomo, su certificado de retenciones.
Obligaciones del inquilino
Cuando celebras un contrato de alquiler de vivienda, debes conocer las obligaciones que tiene el inquilino y sus responsabilidades en cuanto a los gastos que debe asumir.
Uno de estos gastos es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que surge al alquilarse una vivienda. Este impuesto debe pagarse en Hacienda en un periodo de 30 días laborales contados a partir de la fecha del contrato.
El importe varía según la Comunidad Autónoma, y ronda entre el 6 y el 10 % sobre el total de renta que se pagará durante el contrato de alquiler.
El pago mensual de la renta es otra de las obligaciones absolutas del inquilino, y deberá hacerlo en el plazo que se estipule en el contrato o, si no figura en el mismo, los primeros 5 días de cada mes.
El no pagar la renta hace incurrir al inquilino en impago, hecho que te autoriza a interponer una demanda judicial, por lo que te recomendamos que obtengas un seguro de impago que cubra esta eventualidad.
Imagen: Freepik
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